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martes, 24 de junio de 2014

Certificados exigidos para la exportación de Palta Hass

En una publicación anterior sobre la exportación de palta Hass a Estados Unidos, hablamos de los certificados que pedía este país para poder introducir palta Hass. Así como también Estados Unidos nos pide ciertos requisitos y certificados, otros países a los que les exportamos palta Hass también los requieren. Éstos son:

1. Certificación de los lugares de producción para la exportación
    SENASA es en ente encargado de certificar el lugar de producción para poder sembrar palta Hass con miras a exportarla al mercado internacional.


2. Certificado fitosanitario
    Es un documento oficial emitido por el SENASA, este certifica que las plantas y productos vegetales han sido inspeccionados acorde con procedimientos apropiados y son considerados libres de plagas cuarentenarias y prácticamente libres de otras plagas perjudiciales, teniendo en cuenta la actual regulación fitosanitaria del país importador, ya que en muchos países a los que exportamos, no cuentan con las plagas/virus que el Perú tiene.. El Certificado Fitosanitario es un facilitador del comercio, pero no es un documento de negocio. 

    Asimismo, la siguiente información también debe ser documentada en el certificado fitosanitario:

    - Número del Precinto(s) de SENASA
    - Nombre o código de la empacadora
    - Código del Registro del lugar de producción


Depende mucho del país importador para tener certeza de qué certificados se necesita y cuáles son los requisitos a cumplir porque existen las llamadas "Las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias" (MSF) que son todas aquellas leyes, reglamentos, prescripciones y procedimientos - establecidas por los países - necesarias para proteger la vida y la salud de las personas y los animales o para preservar los vegetales, previendo que no se introduzcan en sus territorios, plagas o enfermedades que atenten contra el bienestar nacional.

Por ejemplo, para diciembre del año 2013, entre el SENASA (Servicio Nacional de Sanidad Agraria) de Perú y el SAG (Servicio Agrícola Ganadero) de Chile se suscribió en Arica un "acta de trabajo que explica que en este nuevo plan de trabajo, si bien las paltas peruanas ya no están obligadas a pasar por un tratamiento cuarentenario para ser exportadas al vecino país del sur, sí tendrán que cumplir con una certificación de los lugares de producción y las plantas empacadoras, que la realizará Senasa". 



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